El IMSS lo volvió a hacer. Niega la atención de paciente terminal por falta de insumos.

El IMSS informó al derechohabiente que no tenía insumos y le dio prórrogas para continuar con la atención médica para su enfermedad renal crónica.

Ciudad de México - IMSS niega atención médica a enfermo terminal por falta de insumos y recibe demanda / Agencias Noticias

Ciudad de México | 20 May 2025 - 08:28hrs

Un hombre diagnosticado con enfermedad renal crónica en fase terminal dejó de recibir atención médica en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con el argumento de que no contaban con suficientes insumos; el caso llegó a la Corte y sentó un precedente judicial.

De acuerdo con expertos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) la incidencia de enfermedad renal crónica en México es de aproximadamente 12% de la población, equivalente a 13 millones de personas. Las personas con enfermedad renal crónica en etapa 5 necesitan diálisis o un trasplante de riñón para sobrevivir.

Por ello, cuando se le negó el tratamiento, el derechohabiente demandó a la institución para conseguir su derecho a la salud. El resultado fue un precedente en materia que fue publicado en la página oficial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 7 de febrero del 2025.

¿Por qué comenzó la batalla legal entre el derechohabiente y el IMSS?
La persona acudió al servicio de urgencias de un Hospital General del IMSS con una serie de malestares. Los médicos le diagnosticaron diversos padecimientos, entre ellos, enfermedad renal crónica en "estadio 5", es decir, en una fase terminal.

En esta etapa de la enfermedad los riñones tienen daños severos y presentan insuficiencia renal, lo que significa que han perdido casi toda su capacidad para depurar los deshechos de la sangre. Como consecuencia los residuos se acumulan en el cuerpo, lo que provoca síntomas graves y otros problemas médicos, de acuerdo con American Kidney Fund.

Días después, el IMSS le informó al derechohabiente que no tenían insumos, y le dio prórrogas para continuar con su atención médica. Esto puso en riesgo la vida del paciente y la efectividad de un tratamiento cuando se encontraba en una fase terminal de la enfermedad.

Por ello, la persona presentó un amparo indirecto en el que reclamó la omisión de brindársela de manera oportuna, inmediata, permanente, constante y digna.

La persona juzgadora concedió la protección constitucional solicitada al estimar que el IMSS debía probar que realizó un esfuerzo razonable, conforme a su competencia, para utilizar los recursos a su disposición y garantizar el derecho a la salud de la persona quejosa.

Sin embargo, el área jurídica del IMSS presentó un recurso de revisión contra el amparo que derivó en la sentencia en su contra. Fue así que el caso llegó a manos del Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

¿Qué resolvió el tribunal?
El tribunal sentenció nuevamente a favor del derechohabiente, y además dejó un precedente en materia de derecho a la salud, ya que determinó que el IMSS, al ser la autoridad facultada para proporcionar la atención médica, debe adoptar las medidas necesarias y hasta el máximo de sus recursos disponibles para lograr el derecho a la salud a favor del paciente.

Adicionalmente, el tribunal colegiado aseguró que el Seguro Social debe demostrar que efectivamente realizó un esfuerzo razonable para satisfacer su obligación de brindar la atención médica de los padecimientos crónicos de salud diagnosticados al derechohabiente.

La decisión del tribunal colegiado es un precedente para que, en el futuro, los casos parecidos se resuelvan en la misma línea a favor de los derechohabientes. La tesis aislada tiene el registro digital de 2029886 y se puede consultar en el Seminario Oficial de la Federación.